Legislación laboral


Desde fines del siglo XIX el desarrollo del capitalismo en Chile transformó profundamente el mundo del trabajo. Surgió un proletariado vinculado a la actividad minera, la incipiente industrialización y las actividades urbanas propias del crecimiento de las ciudades y puertos. Al mismo tiempo, el crecimiento del aparato estatal y las actividades urbanas permitieron la expansión de las labores de "cuello y corbata", como se denominaba a los empleados, cuya diferencia con los obreros residía en el predominio en sus labores del esfuerzo intelectual sobre el físico.
Estas transformaciones del mundo laboral estuvieron marcadas por permanentes conflictos que dieron lugar a sostenidos movimientos sociales. Poco a poco, los trabajadores fueron logrando una legislación social que permitió mejorar sus paupérrimas condiciones de trabajo. Es así como, desde 1907 en adelante, lentamente se va promulgando una legislación social: el descanso dominical, los días feriados, la silla para empleados y obreros del comercio, salas cunas en los establecimientos industriales. Sin embargo, las demandas de los trabajadores apuntaban a una completa legislación que regulara claramente el contrato de trabajo, los protegiera en caso de enfermedades o accidentes laborales, permitiera la organización sindical y la huelga legal con sus respectivos mecanismos de solución del conflicto.


Al comenzar la década de 1920, la candidatura de Arturo Alessandri Palma alentó las esperanzas de los trabajadores al manifestarse, en su campaña, a favor de promulgar una legislación social que armonizara las relaciones entre el capital y el trabajo como estaba sucediendo en Europa y Estados Unidos. Sin embargo, durante su gobierno los parlamentarios se mostraron más preocupados de legislar una ley que aumentaba su dieta parlamentaria que las leyes laborales. La situación resultó intolerable para la oficialidad del Ejército, la cual se manifestó con fuerza en el Parlamento el 8 de septiembre de 1924, exigiendo la aprobación de dieciseis leyes, entre ellas importantes leyes laborales.
Después de los convulsionados sucesos políticos que llevaron al poder al general Carlos Ibáñez del Campo en 1927, comenzó la aplicación de la nueva legislación laboral. La gran diversidad de leyes laborales, reglamentos y decretos relacionados con su aplicación, hizo necesaria la dictación de un solo cuerpo legal para facilitar su estudio, divulgación y aplicación. Es así como, el 6 de febrero de 1931, fue aprobado en el Congreso Nacional el Código del Trabajo refundiendo en un solo texto catorce leyes y decretos leyes relacionados con el mundo del trabajo.


OBJETIVOS:


La Legislación Laboral enmarca las relaciones de trabajo estableciendo las principales normas que regulan los derechos y obligaciones de empleadores y trabajadores. Una adecuada interpretación y aplicación de esta normativa, evita conflictos laborales que entorpecen el normal funcionamiento de la empresa y apunta a lograr relaciones equitativas, flexibles y eficientes entre trabajadores y empleadores que contribuyan a facilitar la capacidad de las unidades productivas para adecuarse a los requerimientos de mercados crecientemente competitivos, en condiciones satisfactorias para trabajadores, inversionistas y administradores.
El Programa de Especialización en Legislación Laboral y Previsional de ICARE proporciona un conocimiento completo de la normativa laboral, previsional y de salud vigente que deben observar las empresas y sus trabajadores, facilitando su correcta interpretación y aplicación práctica. Siendo algunas de estas materias objeto de modificaciones legales y reglamentarias, este programa cumple además el propósito de actualizar los conocimientos de los participantes sobre estos aspectos, permitiendo una oportuna y cabal aplicación de las nuevas disposiciones.
Su diseño académico está orientado para ser de utilidad en el trabajo diario y permite estudiar en profundidad todas y cada una de las materias legales en forma ordenada y con una adecuada programación docente. Este enfoque funcional permite analizar las diversas situaciones concretas que comúnmente se originan en torno a la aplicación de la legislación laboral y previsional, estudiando en cada caso las prácticas administrativas más recomendables. A la vez, se relaciona el contenido de la legislación con el accionar de la empresa, el que muchas veces genera una normativa propia por la vía de la negociación y las relaciones colectivas o individuales de trabajo.
Una completa y actualizada bibliografía complementa el desarrollo del programa, facilitando a los participantes el manejo de los textos legales y reglamentos que habitualmente deben ser consultados en las empresas.



Internacionalización del capital 

Uno de los puntos más significativos de la globalización ha sido el desarrollo de las empresas transnacionales o multinacionales, marcas reconocidas a niveles globales, que además han deslocalizado y fragmentado su producción, llevando por consecuencia a una internacionalización de sus capitales. Así, grandes empresas de rubros como el automovilístico han decidido colocar plantas de producción en distintos lugares del mundo, donde existen mayores ventajas laborales, impositivas o de obtención de materias primas, con el objeto de abaratar sus costos y aumentar los volúmenes de producción. Por ejemplo, en el ámbito de los artículos electrónicos e informáticos, el informe de la Organización Mundial de Comercio (OMC) 2008 señalaba que: “Muchas de las etapas de la producción del ordenador portátil se desarrollan en un proceso de producción fragmentado – por ejemplo, la placa base puede fabricarse en Japón, el disco duro en Singapur, la memoria en la República de Corea, la pantalla en Taiwán, el microprocesador en Malasia, etc. – y todas las piezas se montan en China para obtener un ordenador reconocible”.


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